jueves, 29 de mayo de 2025

Los Actos de Ejecución

 Concepto de tentativa

La tentativa es cuando el agente inicia la ejecución del delito pero no lo consuma por causas ajenas a su voluntad.

Fundamento legal: Artículo 80 del Código Penal Venezolano.

Clases de tentativa

  1. Tentativa acabada: Se realizaron todos los actos necesarios, pero el delito no se consumó (por ejemplo, disparar pero no acertar).

  2. Tentativa inacabada: No se realizaron todos los actos necesarios para consumar el delito (por ejemplo, intentar entrar a una casa pero ser sorprendido).

Elementos de la tentativa

  1. Inicio de ejecución del hecho delictivo.

  2. No consumación del delito, por causas ajenas a la voluntad del autor.

  3. Intención delictiva claramente manifiesta.




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